¿Qúe son los derechos de las demás Personas? La respuesta por Imam As-Saÿÿâd (A.S) (Parte 2)

 Risalatul Huquq o Tratado Sobre los Derechos es el único libro atribuido al Imam As-Saÿÿâd (a.s.) excepto sus hadizes, súplicas y cartas.

 

¿Qúe son los derechos de las demás Personas? La respuesta por Imam As-Saÿÿâd (A.S) (Parte 2)

Los derechos de las demás Personas según el Imam As-Saÿÿâd (a.s.):

En cuanto al derecho de tu adversario contra quien tú tienes una queja (al jasmil mudda’a ‘alaih), es que si aquello que alegas contra él es cierto, te dirijas en la más amable forma durante la discusión al plantear la acusación, ya que el sólo hecho de ser realizada ésta, es algo grosero y rudo a los oídos del acusado. Debes referir tus pruebas con amabilidad, concediéndole la mayor de las oportunidades, argumentando de la forma más explícita y con la mayor benevolencia. No te desvíes de tus pruebas disputando en medio de habladuría y parloteo, ya que se disgregarían tus pruebas sin que te percates de ello. No hay Fuerza sino en Allah (1).

En cuanto al derecho de aquel que solicita guía (mustashir), es que si se presenta ante tí para exponer una opinión, te esfuerces en aconsejarlo indicándole aquello que sabes que harías tú mismo si estuvieras en su lugar. Que ésto surja de tí con misericordia y afecto, ya que el afecto sociabiliza lo tosco, mientras que la rudeza retrae aquello que es objeto de sociabilidad. Si es que se presenta ante tí sin exponerte una opinión, y  alguien en quien tú confías conoce su opinión y tu alma se siente satisfecha, lo guiarás y orientarás hacia él. Así, no le habrás abandonado sin hacerle un bien, ni habrás dejado de aconsejarle (2). No hay Fuerza sino en Allah.

En cuanto al derecho de aquel a quien pides guía (al mushiru ‘alaik), es que no le acuses por dar una opinión que no te agrade (3) cuando esté orientándote, ya que eso sólo estaría señalando las diferencias de ideas y procederes de la gente. Si tienes alguna duda o sospecha de su opinión, debes ser tú el que tome una decisión y no él, pero no te es permitida tal sospecha si tienes ante tí a quien es digno y apto para consultar. No dejes de agradecerle como mejor te parezca por definir su opinión y su buena disposición para responder a tus consultas. Si estás conforme con su opinión, glorifica a Allah y acéptala de tu hermano con agradecimiento y retribuyéndole de igual forma cuando él requiera lo mismo de tí. No hay Fuerza sino en Allah.

En cuanto al derecho de aquel que te pide un consejo (mustansih), es que se lo brindes de la manera que consideres más apropiada para aquello que está exponiéndote, y expresándoselo de la forma que sea más agradable a sus oídos. Debes hablarle de acuerdo con la capacidad de su intelecto, ya que toda mente tiene una aptitud para entender u obviar las palabras. En todo caso, que tu método esté basado en la misericordia. No hay Fuerza sino en Allah (4).

En cuanto al derecho de quien te da consejo (nasih), es que te comportes amablemente con él, impregnes tu corazón de sus consejos y le prestes oídos a lo que dice para así comprenderlos. Luego reflexiona sobre ellos, y si ves que eran justos y atinados, alaba a Allah por ello, acéptacelos y reconoce su sinceridad. Si no son acertados, trátalo con misericordia, no sospeches de él y reconoce que no dejó de aconsejarte aun cuando se equivocó, a menos que tengas alguna prueba que acredite tal sospecha. En ese caso, no le prestes atención de ningún modo. No hay Fuerza sino en Allah (5).

En cuanto al derecho de quien es mayor que tú (kabir), es que le muestres deferencia por su edad y le honres por su Islam, si es que se cuenta entre los virtuosos, anteponiéndole en lo que respecta al Islam y no enfrentándole en una discusión. No te le adelantes ni te le coloques al frente de un camino. No le consideres un ignorante, y si actúa contigo como tal, tolérale y hónrale por el derecho que le concierne por su edad en el Islam, ya que, ciertamente que el derecho de la edad está en la medida de su Islam. No hay Fuerza sino en Allah (6).

En cuanto al derecho de quien es menor que tú (saguir), es que seas compasivo con él, le eduques, le enseñes, le perdones, le protejas, seas amable, le ayudes, disimules sus errores ocasionados por su juventud, ya que éstos son motivo de arrepentimiento, le halagues y no le seas hostil. Ciertamente que ésto hará más próximo su desarrollo (7).

En cuanto al derecho de quien te pide (sa’il), es que le otorgues mientras tengas certeza de su veracidad y puedas satisfacer sus necesidades, que supliques por él por lo que le acontece y que le ayudes en lo que requiera. Si dudaras de su veracidad, se antepusiera la sospecha, y no te decides que hacer, no estarás a salvo de que eso sea una artimaña de Satanás que quiere alejarte de tu dicha e interponerse entre tú y tu acercamiento a tu Señor, por lo que lo dejarías y despedirías en buena forma. Y si vences a tu propia alma en el asunto, dale lo que te sugiera tu interior, ya que ciertamente que ello forma parte de los asuntos en que uno mismo da muestras de resolución (8).

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En cuanto al derecho de aquel a quien le pides (mas’ul), es que cuando dé algo le sea aceptado con agradecimiento, reconociendo su virtud, aceptando la excusa en lo que se rehuse a dar y pensando bien de él. Debes saber que si él se rehusa (a darte algo) nada le prohibe hacerlo y no se reprocha respecto de su propia riqueza. Si es que es opresor, en verdad que “el ser humano es tirano y desagradecido” (9).

En cuanto al derecho de quien te hace feliz por medio de sí mismo o por sus acciones, es que si obra con intención, alabes a Allah como primera medida y luego agradezcas a esa persona por eso en la medida de lo que merece, le retribuyas por la virtud de anticiparse y estés preparado para compensárselo. Si no obró con intención, alaba a Allah y luego agradécele a El mismo, ya que habrás entendido que provino de El, y te distinguió con eso. A tí te habrá complacido eso, al ser causa de las gracias de Allah sobre tí y por esperar después algo mejor. Por cierto que las causas de las gracias son bendiciones provengan de donde provinieren, aunque no se realicen con intención. No hay Fuerza sino en Allah (10).

En cuanto al derecho de quien te ocasiona un mal por medio de la palabra o la acción, es que si lo realiza intencionalmente, el perdón será lo principal para tí, porque en ello está lo óptimo, la elevada educación y otras bondades propias de la moral. Dice Allah en el Corán: «… A quienes se defiendan después de haber sido tratados injustamente, no serán objeto de reproche. Sólo se harán acreedores al reproche quienes opriman a la gente y tiranicen en la tierra injustamente. Estos sufrirán un severo castigo. En cambio, quien sea paciente y perdone, (que sepa) que está en esas situaciones donde se realiza una gran determinación». También dice, Poderoso e Imponente: «Si castigáis, hacedlo del mismo modo que fuisteis castigados, pero si tenéis paciencia, ello será mejor para los perseverantes». Esto cuando se ha obrado con premeditación, pero si no ha sido así, no le oprimas procurando vengarte de él, ya que le devolverías con premeditación lo que te hizo por error. Debes tratarle gentilmente y despedirle del modo más amable que puedas. No hay Fuerza sino en Allah (11).

En cuanto al derecho de la gente de tu religión en general, (ahlu mil-latika ‘ammah), es que les infundas seguridad, les difundas la misericordia y seas amable con quien de entre ellos actúe mal, unas a las personas, que las corrijas, que agradezcas a quien actúa bien consigo mismo y por lo tanto también contigo, ya que su buena acción para consigo es también para contigo si es que con ello te ahorra el tener que sustentarle, y te pone a salvo (de sí mismo) al aprisionar su ego. Incluye a todos al invocarles. Auxíliales a todos con tu ayuda. Debes dar a todos su lugar en relación a tí: al mayor de entre ellos la posición de padre, al menor la posición de hijo, y al del medio la posición de hermano. Si alguien se te presenta, trátale con bondad y misericordia, y da a tu hermano lo que a un hermano es obligación dar (12).

En cuanto al derecho de la gente del Libro que vive bajo protección (ahludh dhimmah), el juicio es que aceptes de ellos lo que Allah ha aceptado de ellos y cumplas con lo que Allah ha dispuesto como parte de Su protección y pacto. Encomiéndale a Él, en lo que requieran de sí mismos y a lo que se vean compelidos. Debes juzgarles de acuerdo con lo mismo que Allah ha dispuesto para juzgarte, en cualquier transacción que pueda mediar entre tú y ellos. Que entre tú y la opresión que puedas ejercer sobre ellos se interponga la observancia de la protección que Allah les ha dado y el cumplir con Su pacto. Lo pactado por el Mensajero de Allah será un impedimento para ello, ya que él dijo: “Quien oprima después de haber pactado me tendrá como adversario”, por lo tanto, teme a Allah. No hay Poder ni Fuerza sino en Allah (13).

Estos son cincuenta derechos que te circundan. No los transgredas en ningún caso en que te sea obligatorio observarlos y cumplimentarlos. Pide ayuda en ésto a Allah, Exaltado Sea en Su alabanza. No hay Poder ni Fuerza sino en Allah. Que la alabanza sea para Allah, Señor del Universo.

Notas

1-En las dos versiones citadas dice: “El derecho de tu adversario contra quien tú tienes una queja, es que si tienes la razón te le dirijas en la más amable forma y no niegues sus derechos. Y si tu acusación es falsa, teme a Allah, Poderoso e Imponente, arrepiéntete a El, y abandona tu reclamo”.

2-En las dos versiones citadas dice: “El derecho de aquel que solicita guía, es que si sabes que tienes una buena sugerencia, se la indiques, y  si no lo sabes, le orientes  hacia quien sepa”.

3-A partir de aquí, en las dos versiones citadas sólo dice: “…y si te agrada, alaba a Allah, Glorificado Sea”.

4-En las dos versiones citadas sólo dice: “El derecho de aquel que te pide un consejo, es que se lo des, y que te comportes con él compasiva y amablemente”.

5-En las dos versiones citadas dice: “El derecho de quien te da consejo, es que te comportes amablemente con él y le prestes oído a lo que dice. Si acierta en lo que expresó, alaba a Allah, Glorificado Sea, pero si se equivoca, trátalo con misericordia, no sospeches de él y considera que se equivocó sin reprenderle por ello, a menos que haya alguna prueba que acredite tal sospecha. . En ese caso, no le prestes atención de ningún modo. No hay Fuerza sino en Allah”.

6-En las dos versiones citadas dice: “El derecho de quien es mayor que tú, es que le muestres deferencia debido a su edad, le honres porque entró al Islam antes que tú, no le enfrentes en una discusión, no te le adelantes ni te le coloques al frente de un camino, no le consideres un ignorante, y si actúa contigo como tal, tolérale y hónrale por el derecho y respeto que posee en el Islam”.

7-En las dos versiones citadas dice: “El derecho de quien es menor que tú, es que con él seas compasivo, le enseñes, le perdones, le protejas, seas amable y le ayudes”.

8-En las dos versiones citadas sólo dice: “El derecho de quien te pide, es que le des en la medida de su necesidad”.

9-En las dos versiones citadas sólo dice: “El derecho de aquel a quien le pides, es que cuando dé algo le sea aceptado con agradecimiento, reconociendo su virtud, y cuando se rehuse se le acepte su excusa”.

10-En las dos versiones citadas sólo dice: “El derecho de quien te hace feliz por causa de Allah, Glorificado Sea, es que alabes a Allah como primera medida y luego agradezcas (a esa persona)”.

11-En las dos versiones citadas sólo dice: “El derecho de quien te ocasiona un mal, es que le perdones, pero si entiendes que tu perdón causará daño, defiéndete. Dice Allah, Glorificado Sea: «… A quienes se defiendan después de haber sido tratados injustamente, no serán objeto de reproche»”.

12-En las dos versiones citadas dice: “El derecho de la gente de tu religión, es que les infundas seguridad, les trates con misericordia, seas amable con quien de entre ellos actúe mal, unas a las personas, que las corrijas, que agradezcas a quien de entre ellos actúe bien, y apartarles el perjuicio. Debes desear para ellos lo que deseas para tí mismo y rechazar para ellos lo que rechazas para tí mismo. Que sus ancianos ocupen la posición de tu padre, sus jóvenes la de tus hermanos, sus ancianas la de tu madre, y sus pequeños la de tus hijos”.

13-En las dos versiones citadas dice: “El derecho de la gente del Libro que vive bajo protección, es que aceptes de ellos lo que Allah ha aceptado de ellos y que no les causes perjuicio en tanto cumplan con el pacto de Allah, Poderoso e Imponente”.

Fuente: es.shafaqna.com